Abogado Hipotecario en Madrid

- Comprobamos Gratis la Viabilidad de su Reclamación de Gastos de Hipoteca -

Bufete de Abogados Hipotecarios

Llámenos y comprobaremos gratuitamente si podemos reclamar la devolución de sus gastos hipotecarios.

Daniel Álvaro Abogados
Porcentaje de Éxito
95%
Casos Ganados
+200
€ Conseguidos
+20MM €

Abogado Hipotecario en Madrid Opiniones

Consulta Gratuita

Contáctenos ahora por llamada o mensaje y le ofreceremos asesoramiento sin compromiso, adaptado a su situación. Estamos a tu lado para apoyarte en lo que necesite.

Pulse cualquiera de los botones para llamarnos, enviarnos un Whatsapp o escribirnos un e-mail.

    GASTOS DE NOTARÍA

    GASTOS DE REGISTRO

    GASTOS DE GESTORÍA

    GASTOS DE TASACIÓN

    ¿POR QUÉ SOMOS SU MEJOR OPCIÓN?

    Porcentaje de Éxito
    95%
    Casos Ganados
    +200
    € Conseguidos
    +20MM €

    En DANIEL ALVARO ABOGADOS somos expertos en reclamación de Gastos de Hipoteca, habiendo tramitado con éxito numerosos procedimientos y consiguiendo la devolución.

    LLÁMENOS AHORA MISMO Y EVALUAREMOS SU HIPOTECA

    Preguntas Frecuentes

    Cuando un particular formaliza una Hipoteca, se dan los siguientes gastos:

    1º.- Gastos de Notaría: Aranceles del Notario por la Escritura Pública.

    2º.- Gastos de Registro: son los gastos de inscripción de la Escritura en el Registro de la Propiedad.

    3º.- Gastos de Gestoría: normalmente la gestión de la inscripción y liquidación de impuestos de la escritura, la lleva una gestoría colaboradora (o perteneciente) a la entidad financiera.

    4º.- Gastos de tasación: para valorar tu vivienda, las entidades financieras requieren una tasación de la misma.

    5º.- Los impuestos derivados de la misma, si bien anticipamos que éstos no van a ser reclamables.
    Todas las facturas de los gastos anteriores, por regla general, están adjuntas a la Escritura de Hipoteca.

    En su defecto es muy importante conseguirlas ya que son éstas las que se van a reclamar.

    Básicamente se modificaría la distribución realizada en la misma correspondiendo a cada parte los siguientes:

    1º.- Gastos de Notaría: Al 50% entre el contratante y la entidad financiera.

    2º.- Gastos de Registro: le corresponden al Banco o entidad financiera al 100%.

    3º.- Gastos de Gestoría: siempre que haya sido impuesto por el Banco o la entidad financiera le corresponderá a éste al 100%.

    4º.- Gastos de tasación: le corresponderá abonarlos al 100% al Banco o entidad financiera.

    5º.- Los impuestos derivados de la misma, en concreto el IAJD en virtud de la Ley que regula dicho impuesto, debía abonarlo el consumidor

    Si una cláusula es nula, no hay plazo alguno para solicitar su nulidad, si bien la jurisprudencia no es unánime al respecto de la reclamación de las cantidades.

    SI PREFIERE QUE LE LLAMEMOS, ESCRIBA AQUÍ SU NÚMERO

      Abrir Whatsapp
      Consúltame
      Hola, soy Daniel Álvaro. ¿En qué puedo ayudarte?