¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo? Plazos reales según tu caso

Si os habéis puesto de acuerdo para divorciaros, la buena noticia es que vais por la vía rápida. Un divorcio de mutuo acuerdo suele resolverse en 1 a 3 meses, y cuando no hay hijos menores y se hace ante notario puede quedar cerrado en apenas unas semanas. La otra cara: no depende solo de vosotros. La agenda del juzgado y que el convenio esté bien hecho mandan más de lo que parece.

Vamos a verlo por escenarios, porque no tarda lo mismo una pareja sin hijos que otra con dos menores, ni es igual ir al notario que al juzgado. Te doy los plazos reales de cada caso y, al final, qué puedes hacer para que no se alargue.

Sin hijos menores: la vía más rápida

Cuando no hay hijos menores de por medio, la ley os deja elegir el camino corto. El artículo 82 del Código Civil permite divorciaros ante notario (mediante escritura pública) o ante el Letrado de la Administración de Justicia en el juzgado, sin necesidad de que un juez dicte sentencia.

En la práctica, una vez que tenéis el convenio regulador firmado y la documentación lista, la cita para formalizarlo se consigue en cuestión de días o pocas semanas, según la agenda del notario o del juzgado. Es el escenario más ágil: hay parejas que lo cierran en dos o tres semanas desde que arrancan.

Con hijos menores: pasa por el juzgado (y por el Fiscal)

Aquí el reloj corre distinto. Si tenéis hijos menores, el divorcio tiene que tramitarse ante el juzgado y no vale el notario. El procedimiento es el del artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y añade un paso que la gente no espera: el Ministerio Fiscal revisa el convenio para comprobar que lo pactado protege a los menores (custodia, pensión de alimentos, visitas).

Ese informe del Fiscal es lo que suele estirar los plazos hasta ese rango de 1 a 3 meses, a veces algo más si el juzgado va cargado o si el Fiscal pide que ajustéis algún punto del convenio. No es que haya conflicto entre vosotros, simplemente el sistema mete un control extra cuando hay niños.

Después de ratificar el convenio, ¿cuánto tarda la sentencia?

Es una de las dudas más repetidas, y con razón: llegas a la ratificación pensando que ya está, y todavía falta un trecho. Cuando ambos acudís al juzgado a ratificar el convenio (es decir, a confirmar ante el letrado o el juez que estáis de acuerdo con lo firmado), lo normal es que la sentencia de divorcio se dicte entre unos días y pocas semanas después, una vez incorporado el informe del Fiscal si hay menores.

A partir de ahí queda un último trámite fácil de olvidar: la inscripción del divorcio en el Registro Civil, que es la que hace que conste oficialmente y puedas pedir el certificado.

¿Y las medidas provisionales?

En un mutuo acuerdo de verdad no suelen hacer falta, porque ya habéis pactado cómo organizar todo mientras dura el trámite. Están pensadas más bien para los divorcios con conflicto. Si aun así necesitáis regular algo urgente antes de la sentencia (por ejemplo, con quién se quedan los niños esas primeras semanas), pueden pedirse y se resuelven en torno a 1 o 2 meses. Si vais de acuerdo, lo habitual es que ni las toquéis.

Qué puede retrasar tu divorcio (y cómo evitarlo)

Los plazos de arriba dan por hecho que todo va rodado. En la vida real, lo que alarga un mutuo acuerdo casi siempre es esto:

  • Documentación incompleta. Falta el certificado de matrimonio, el de nacimiento de los hijos o los datos de los bienes. Reunirlo antes de empezar te ahorra semanas.
  • Un convenio mal redactado. Si deja flecos (una pensión ambigua, un uso de la vivienda sin concretar), el Fiscal o el juzgado lo devuelven para corregir, y vuelta a empezar.
  • La agenda del juzgado. No lo controlas, pero un juzgado saturado retrasa la cita de ratificación. Suele pesar más que cualquier otra cosa.
  • Desacuerdos de última hora. Si uno de los dos se echa atrás, el mutuo acuerdo se cae y el asunto se convierte en contencioso, que es otra historia y se va a muchos más meses.

La forma real de acelerarlo es llegar con el convenio bien atado y los papeles completos desde el primer día. Ahí es donde un abogado de divorcio de mutuo acuerdo marca la diferencia: no por hacerlo «más rápido» a la fuerza, sino por evitar los errores que obligan a repetir trámites. Si quieres ver el recorrido completo antes de decidir, aquí tienes el proceso paso a paso del divorcio de mutuo acuerdo.

Plazos orientativos de un vistazo

SituaciónVíaPlazo aproximado
Sin hijos menoresNotaría o Letrado de la Administración de JusticiaUnas semanas
Con hijos menoresJuzgado, con informe del Ministerio Fiscal1 a 3 meses
De la ratificación a la sentencia–De unos días a pocas semanas
Medidas provisionales (si se piden)Juzgado1 a 2 meses

Son plazos orientativos: el estado del juzgado y que el convenio esté bien hecho pueden acortarlos o alargarlos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo con hijos?

Suele ir de 1 a 3 meses, algo más que sin hijos, porque el convenio tiene que pasar por el juzgado y por el informe del Ministerio Fiscal, que revisa que se protejan los intereses de los menores.

¿Es más rápido divorciarse ante notario?

Sí, cuando no hay hijos menores. La vía notarial evita esperar a una sentencia judicial y suele resolverse en unas semanas una vez firmado el convenio.

Ya hemos ratificado, ¿cuándo tendremos la sentencia?

Lo normal es que la sentencia se dicte entre unos días y unas pocas semanas tras la ratificación. Después queda inscribirla en el Registro Civil para que conste oficialmente.

¿Se puede acelerar un divorcio de mutuo acuerdo?

Lo que más ayuda es llegar con toda la documentación y un convenio regulador bien redactado, sin puntos ambiguos, para evitar correcciones que obliguen a repetir trámites. La carga del juzgado no se puede controlar.

¿Qué pasa si uno de los dos se arrepiente durante el proceso?

El mutuo acuerdo se basa en que los dos estéis conformes. Si uno se echa atrás, deja de ser posible por esta vía y habría que acudir al divorcio contencioso, que conlleva plazos bastante más largos.

Daniel Álvaro
Abogado · Socio Director y Fundador at Daniel Álvaro Abogados |  + posts

Daniel Álvaro González, abogado colegiado nº 82594 del ICAM y socio director de Daniel Álvaro Abogados. Más de 20 años de ejercicio, centrado en derecho de familia: divorcios, custodia y medidas paternofiliales.