Abogado Bancario en Madrid

Reclama al banco las cláusulas abusivas de tu hipoteca, tus préstamos y tus tarjetas

Estudiamos tu contrato y te decimos qué se puede reclamar y qué no.

Consulta Gratuita

Cuéntanos tu caso y te llamamos

    Abogados especialistas en derecho bancario y financiero en Madrid

    El derecho bancario se ocupa de una relación en la que las dos partes casi nunca están en igualdad: tú y tu banco. Los contratos los redacta la entidad, con condiciones generales que firmas sin negociar una a una. Cuando alguna de esas cláusulas es abusiva, la ley te ampara.

    Somos abogados de derecho bancario en Madrid con más de veinte años de ejercicio. Revisamos la escritura o el contrato, calculamos lo que has pagado de más y reclamamos a la entidad financiera, primero por escrito y, si no atiende, ante los juzgados de Madrid. La 1ª consulta es gratuita y en ella lo primero es ver si tu caso tiene recorrido.

    Qué le puedes reclamar a tu banco

    La mayoría de las reclamaciones bancarias nacen de lo mismo: una cláusula que la entidad financiera incorporó sin explicarla. Estos son los productos financieros que más llegan al despacho, cada uno con su vía propia.

    Cláusula suelo

    El tipo mínimo que impedía que tu cuota bajara cuando el euríbor caía. Reclamable por falta de transparencia.

    Gastos e IRPH de tu hipoteca

    Gastos de notaría, registro y gestoría que pagaste enteros, y el índice IRPH aplicado sin información suficiente.

    Tarjetas y créditos revolving

    Intereses desproporcionados en tarjetas de pago aplazado que hacen que la deuda no baje nunca.

    Reclamaciones de derecho bancario y financiero más frecuentes
    ProductoQué se reclamaFundamento
    Hipoteca con cláusula sueloLa devolución de lo cobrado de más por el tipo mínimoFalta de transparencia
    Hipoteca con gastos o IRPHEl reparto de gastos y la revisión del índice aplicadoCláusula abusiva
    Tarjeta o crédito revolvingLa nulidad del interés desproporcionadoUsura y transparencia
    Préstamos y avales personalesComisiones y condiciones no informadasCondiciones generales

    ¿Tu banco te cobró cláusulas que no entendiste?

    Estudiamos tu contrato gratis y te decimos qué se puede reclamar.

    Por qué esas cláusulas son nulas

    La base es doble. La Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación declara nulas de pleno derecho, en su artículo 8, las condiciones que contradicen una norma imperativa o que son abusivas frente a un consumidor. Y el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores, en sus artículos 82 y 83, define la cláusula abusiva como la que causa un desequilibrio importante contra la buena fe y ordena tenerla por no puesta. No es opinión nuestra. Es lo que han confirmado, una y otra vez, el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

    Transparencia

    El filtro que decide

    Una cláusula puede ser clara al leerla y aun así nula si el banco no explicó su carga económica y jurídica (STS 241/2013).

    Retroactividad

    Desde la firma

    El TJUE, el 21 de diciembre de 2016, fijó que la devolución alcanza a todo lo cobrado de más desde el primer día.

    IRPH

    Bajo control

    El TJUE, el 3 de marzo de 2020, sometió el índice IRPH al control de transparencia de los tribunales.

    Si la deuda te ha superado: segunda oportunidad

    A veces el problema no es una cláusula, sino que las deudas ya no se pueden pagar. Para eso existe la Ley de Segunda Oportunidad. El texto refundido de la Ley Concursal, reformado por la Ley 16/2022, permite a una persona de buena fe pedir la exoneración del pasivo insatisfecho y empezar de cero. Miramos las dos vías a la vez: reclamar lo indebido y, si hace falta, reestructurar lo que queda.

    Daniel Álvaro, tu abogado bancario en Madrid

    Soy Daniel Álvaro, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, con más de veinte años en el ejercicio del derecho civil y bancario. Llevo personalmente cada expediente, trabajo con presupuesto cerrado y te digo desde el principio si conviene reclamar o no. En cifras del despacho: 95% de casos ganados y más de 20 millones de euros conseguidos para nuestros clientes.

    Preguntas frecuentes

    Revisa los contratos que firmaste con tu banco (hipoteca, préstamo, tarjeta), detecta las cláusulas abusivas o poco transparentes y reclama la devolución de lo que hayas pagado de más. Primero se intenta un acuerdo con la entidad y, si no responde, se demanda ante los juzgados de Madrid. También defiende al cliente cuando es el banco quien reclama, por ejemplo en una ejecución hipotecaria.

    La nulidad de una cláusula abusiva no caduca, porque una cláusula nula lo es desde el principio. Lo que sí tiene plazo es la reclamación del dinero cobrado de más, así que conviene no dejarlo pasar. En una primera consulta revisamos tu escritura y te decimos qué acciones siguen vivas en tu caso.

    Sí. Que el préstamo esté cancelado no impide reclamar lo que se cobró indebidamente mientras estuvo vigente. Guardar la escritura y los recibos ayuda, pero aunque no los tengas se pueden pedir al banco o al notario.

    La primera consulta es gratuita y trabajamos con presupuesto cerrado, de modo que sabes a qué atenerte antes de empezar. En esa consulta valoramos si el caso merece la pena; si no lo vemos claro, te lo decimos.