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Abogados de función pública en Madrid

Una nota que no cuadra en el segundo ejercicio, una plaza que se adjudica a quien tenía menos méritos o un pliego de cargos que llega sin avisar. Cuando el conflicto es con la Administración para la que trabajas o en la que quieres entrar, los plazos son cortos y el expediente lo controla la otra parte. En Daniel Álvaro Abogados somos abogados de función pública en Madrid y defendemos a funcionarios, opositores, interinos y personal laboral frente a la Administración del Estado, la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos, desde el primer escrito hasta la sentencia.

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    Lo que dicen nuestros clientes

    5,0
    Excelente
    Basado en 97 reseñas en Google
    Judit Alfaro
    hace 2 meses
    ⭐⭐⭐⭐⭐ Excelente profesional y, sobre todo, una persona excepcionalmente amable y honesta. Tuve la oportunidad de hablar con él detenidamente y me impresionó sinceramente la atención con la que me escuchó, la claridad con la que explicó todo y la generosidad con la que dedicó su tiempo. Desde el primer momento me transmitió mucha confianza. Se nota que su prioridad es ofrecer un buen asesoramiento y hacer lo que considera más conveniente para el cliente. Destaco especialmente su profesionalidad, honestidad y trato humano. Lo recomendaría sin ninguna duda. Un excelente abogado y una persona real
    David Núñez Gómez-Aleixandre
    hace 2 meses
    Llamada a Daniel por asunto personal. Trato excelente, asesoramiento perfecto y desde luego que el caso me lo va a llevar él.
    Manuel Álvarez
    hace 5 meses
    Estupendo servicio. Daniel es diligente y atento. Todo perfecto.
    Luis Mochón
    hace 5 meses
    Finalmente no he contratado sus servicios porque después que Daniel me ha informado, no se daban las circunstancias apropiadas para presentar la demanda que yo pretendía. Pero en el proceso de consulta me han atendido genial, diligentemente y todo muy clarito.
    TheTXARLY
    hace 7 meses
    Daniel se ha implicado en nuestra causa desde el primer momento, fue una gran recomendación de un amigo y le estoy muy agradecido. Hoy mismo hemos recibido nuestra sentencia favorable, muy contentos con su dedicación, seriedad y trabajo. Recomendado 100%.
    Anca Fozocosi
    hace 7 meses
    Muy buena experiencia, resultado positivo y trato muy profesional!
    Mariia Casas Bernal
    hace 8 meses
    Quiero expresar mi más sincero agradecimiento y recomendación hacia Daniel por el excelente trabajo realizado. Desde el primer momento demostró una gran profesionalidad, conocimiento y compromiso con mi caso. Su atención fue impecable: siempre disponible para resolver mis dudas, explicando cada paso del proceso con claridad y transmitiéndome mucha tranquilidad en todo momento. Me sentí escuchada, acompañada y bien asesorada durante todo el procedimiento. Gracias a su dedicación y esfuerzo, el resultado fue muy satisfactorio. He quedado realmente contenta y agradecida por su trato cercano, su h
    Jose Luis Sainz González
    hace 9 meses
    Daniel nos atendió muy bien desde el primer momento hasta la sentencia judicial. Con amabilidad, rapidez y eficacia. Recomendable 100%
    Raquel Ruiz
    hace 11 meses
    Agradecida total por la rapida contestacion a mi me duda ; me atendio Daniel y me ayudo bastante ; estoy super agradecida ; sin duda alguien en quien confiar y sentirse segura ante problemas Muchas gracias.
    Antonio López
    hace 11 meses
    Le derivamos a Daniel un asunto de un cliente de nuestro despacho en el que no teníamos área de práctica. El resultado fue plenamente satisfactorio y el cliente quedó encantado.
    Guillermo Gutiérrez
    hace 11 meses
    Contacté con ellos para hacer una consulta y me atendió personalmente Daniel. Tanto su amabilidad como su profesionalidad fueron de 10. Yo me guío mucho por las reseñas de otras personas y es de recibo que deje ahora yo la mía felicitándoles por su atención. Recomendados!
    Bego
    hace 12 meses
    Muchas gracias por todas tus explicaciones y asesoramiento. En el momento que lo vuelva a nesitar sin duda contratere vuestros servicios. Un trato excelente con mucha confianza y seguridad
    Mesa de trabajo de un empleado público con expedientes

    Estatuto Básico del Empleado PúblicoReal Decreto Legislativo 5/2015: la norma que fija tus derechos y deberes.

    Abogados especialistas en función pública para empleados públicos y opositores

    El Estatuto Básico del Empleado Público (texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015) reconoce derechos muy concretos, pero no los aplica solo. Detrás de cada nombramiento, de cada concurso de traslados y de cada sanción hay un procedimiento administrativo con sus reglas, y es en esas reglas donde se gana o se pierde el asunto. Por eso esta materia pide especialización: conocer el régimen estatutario, la normativa de cada Administración y cómo resuelven los juzgados de Madrid. Esa experiencia es la que pone nuestro equipo de abogados expertos en derecho administrativo al servicio de tu caso.

    Nuestro despacho trabaja con los funcionarios públicos y con todo el personal al servicio de las Administraciones Públicas:

    Funcionarios de carrera

    De cualquier cuerpo o escala, del grupo A1 al C2.

    Funcionarios interinos

    En su acceso, en su cese, en las bolsas de empleo y en las reclamaciones por abuso de temporalidad.

    Personal laboral

    De la Administración y de sus organismos, incluida su contratación temporal. En lo que el Estatuto no prevé, su régimen disciplinario se completa con el derecho laboral (artículo 93.4).

    Personal estatutario

    De los servicios de salud, como el SERMAS, y personal docente e investigador universitario.

    Opositores

    Y aspirantes en cualquier fase del proceso selectivo.

    Y frente a cualquier Administración con sede en Madrid: ministerios y organismos estatales, consejerías de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y el resto de municipios de la región, universidades públicas y entidades del sector público.

    Arts. 55 y 61 EBEP

    Impugnamos oposiciones y procesos selectivos en Madrid

    El acceso al empleo público se rige por los principios de igualdad, mérito y capacidad (artículo 55 del Estatuto), y cada convocatoria los concreta en unas bases que obligan a todos, también al tribunal. Cuando el tribunal se aparta de esas bases, valora méritos que no estaban previstos o corrige un examen sin criterios conocidos, la impugnación del resultado tiene fundamento, y cuanto antes se plantee, mejor.

    Los motivos que más vemos en la práctica:

    • Preguntas del test mal formuladas, con dos respuestas correctas o ninguna, que el tribunal no anula tras las alegaciones.
    • Plantillas de corrección que cambian después del examen o que no se publican.
    • Valoración de méritos fuera de las bases. El Estatuto limita además el peso del concurso dentro del concurso-oposición: la puntuación de los méritos tiene que ser proporcionada y nunca puede decidir por sí sola el resultado (artículo 61.3).
    • Tribunales mal constituidos o con miembros que debieron abstenerse.
    • Exclusiones de la lista de admitidos por requisitos que sí se cumplían.

    La discrecionalidad técnica del tribunal tiene límites, y conocerlos es lo que separa un recurso con recorrido de uno que se desestima en dos líneas. Lo explicamos con detalle en nuestra página de abogados especialistas en oposiciones.

    Sala preparada para el examen de una oposición
    Arts. 93 a 98 EBEP

    Te defendemos en el expediente disciplinario desde el pliego de cargos

    La potestad disciplinaria de la Administración está sujeta a los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad, culpabilidad y presunción de inocencia (artículo 94 del Estatuto). Las consecuencias de un expediente disciplinario van mucho más allá de la sanción: la responsabilidad disciplinaria queda en tu hoja de servicios y afecta a tu carrera. Te juegas desde un apercibimiento hasta la suspensión firme de funciones o la separación del servicio, y la defensa empieza mucho antes de la resolución: en la información reservada, en la recusación del instructor si procede y, sobre todo, en la contestación al pliego de cargos.

    Revisamos si la falta ha prescrito, si los hechos del pliego son los mismos que luego se sancionan, si el procedimiento ha caducado y si la sanción guarda proporción con la conducta. Si los mismos hechos pueden ser constitutivos de delito, la Administración tiene que suspender el expediente y ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal, y lo que declare probado una sentencia firme la vincula (artículo 94.3). Cuando hay una causa penal abierta por un delito contra la Administración pública, coordinamos las dos defensas con nuestro abogado penalista en Madrid, porque lo que se declara en un procedimiento pesa en el otro.

    Todo el detalle está en nuestra página de abogado de expedientes disciplinarios de funcionarios en Madrid.

    Régimen estatutario

    Reclamamos tus derechos como funcionario frente a la Administración

    Fuera de las oposiciones y los expedientes, nuestros abogados llevan la reclamación de los conflictos del día a día del empleado público con su Administración, en todas las áreas del régimen estatutario:

    Concursos de traslados y provisión de puestos

    Incluida la libre designación cuando falta motivación.

    Retribuciones

    Trienios, complementos, carrera profesional y reconocimiento de servicios previos.

    Situaciones administrativas

    Excedencias, servicios especiales, reingreso y suspensión.

    Permisos, reducciones de jornada y adaptación del puesto

    Por salud o conciliación.

    Compatibilidad

    Para una segunda actividad pública o privada.

    Acoso laboral

    En la Administración, que el Estatuto tipifica como falta muy grave, y reclamación de los daños sufridos por la actuación de superiores o compañeros.

    ¿Tienes un problema con tu Administración?

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    2 meses

    para el recurso contencioso-administrativo desde la notificación

    Plazos y tribunales: el calendario del recurso de un funcionario

    Plazos para recurrir

    En la función pública en Madrid, como en cualquier otra Administración, quien deja pasar un plazo pierde el asunto aunque tenga razón. Frente a un acto expreso hay un mes para el recurso de alzada o para el potestativo de reposición (artículos 122 y 124 de la Ley 39/2015). Agotada la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo se interpone en dos meses desde la notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998).

    Qué tribunal resuelve

    Elegir bien el tribunal es parte de la estrategia, porque un error de competencia retrasa el pleito meses:

    • Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Madrid conocen de los actos de personal de los ayuntamientos y de las cuestiones de personal de la Comunidad de Madrid, salvo, en este último caso, las que afectan al nacimiento o la extinción de la relación de servicio de los funcionarios de carrera (artículo 8 de la Ley 29/1998).
    • Los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo resuelven las cuestiones de personal decididas por ministros y secretarios de Estado (artículo 9).
    • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid asume, entre otros, los asuntos sobre el acceso o la pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Administración autonómica.

    Las cuestiones de personal se tramitan por el procedimiento abreviado (artículo 78), con una vista oral en la que se practica la prueba. Y si esperar a la sentencia hace inútil el recurso, por ejemplo porque el proceso selectivo sigue adelante sin ti, pedimos medidas cautelares al juzgado.

    Así llevamos tu asunto de función pública, paso a paso

    1

    Estudio del expediente

    Presentamos la solicitud de acceso al expediente administrativo completo, las actas del tribunal y las plantillas, revisamos la documentación del desempeño de tu puesto si es relevante y comprobamos la notificación para fijar el plazo exacto.

    2

    Estrategia

    Te explicamos con franqueza qué motivos tienen recorrido y cuáles no, y qué vía conviene: alegaciones, recurso administrativo o directamente la vía judicial.

    3

    Vía administrativa

    Redactamos las alegaciones o el recurso con los argumentos y la prueba que luego sostendremos ante el juez.

    4

    Recurso contencioso-administrativo

    Si la Administración no rectifica, presentamos la demanda, defendemos el asunto en la vista y, si hace falta, recurrimos la sentencia.

    Por qué elegir a Daniel Álvaro Abogados como abogados de función pública en Madrid

    Somos un bufete de abogados en Madrid con una práctica consolidada en derecho administrativo en Madrid y en el contencioso, que es la jurisdicción donde se resuelven todos estos conflictos. Nuestro asesoramiento se centra en el ámbito del empleo público y en la defensa de tus intereses frente al funcionamiento de la Administración: trato directo con el abogado que lleva tu asunto, sin intermediarios, y una valoración honesta desde la primera conversación, aunque la respuesta sea que no merece la pena recurrir. Nuestros clientes nos valoran con 5,0 sobre 5 en Google, con 97 reseñas.

    5,0en Google, 97 reseñas
    +20años de ejercicio
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    Preguntas frecuentes sobre abogados de función pública

    ¿Tu duda no está aquí? Cuéntanosla y te decimos cómo lo vemos.

    Para el recurso de alzada no es obligatorio, pero es donde se fija la discusión. Ante el juzgado, la ley permite al funcionario defenderse por sí mismo en las cuestiones de personal que no supongan su separación (artículo 23.3 de la Ley 29/1998). El opositor que todavía no es funcionario necesita abogado. En la práctica, un recurso mal planteado en vía administrativa condiciona el pleito posterior.

    Sí, en muchos casos. La discrecionalidad técnica protege el juicio del tribunal sobre la calidad de un ejercicio, no los errores materiales, la falta de criterios de corrección, la valoración de méritos fuera de las bases ni la desigualdad de trato entre aspirantes.

    Los servicios jurídicos públicos defienden a la Administración. En determinados casos prestan asistencia y protección jurídica al empleado público por actos realizados en el ejercicio legítimo de su cargo, pero nunca en un conflicto contra su propia Administración, que es justo el caso de una oposición, un traslado o un expediente disciplinario.

    Sí. La vía administrativa y el procedimiento judicial son electrónicos, y trabajamos con funcionarios de cualquier punto de España, especialmente frente a la Administración General del Estado, cuyos órganos centrales tienen sede en Madrid.

    Abogados de función pública en Madrid

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