Abogados de custodia y régimen de visitas en Madrid
Protege la relación con tus hijos con un acuerdo blindado.
Diseñamos tu estrategia de custodia compartida o exclusiva y blindamos el convenio regulador para proteger a tus hijos y tu patrimonio.
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Protege la relación con tus hijos y toma el control
Asignar la custodia de los hijos condiciona el uso de la vivienda familiar, las pensiones y las decisiones sobre su educación. No es un mero trámite: un mal acuerdo limita tu papel en la crianza de tus hijos menores de edad.
El Código Civil prioriza la custodia compartida para garantizar el bienestar del menor. Sin embargo, para que el juez la conceda exige una organización real y un plan de parentalidad impecable. No contar con un abogado especialista en guarda y custodia puede derivar en un régimen restrictivo y en la pérdida de tus derechos como progenitor.
Identifica tu situación: ¿qué tipo de régimen necesitas establecer o modificar?
Custodia Compartida
Es la opción prioritaria en la legislación actual. Ambos progenitores ostentan la guarda y custodia por periodos alternos (semanal, quincenal o según las necesidades del menor).
Diseñamos el plan de parentalidad contemplando repartos de vacaciones, gastos ordinarios y reparto de decisiones importantes.
Custodia Exclusiva y Régimen de Visitas
Asignación de la guarda a un solo progenitor (custodio), fijando para el progenitor no custodio un derecho de visitas (fines de semana alternos, pernoctas intersemanales) y una pensión alimenticia.
Garantizamos un régimen de estancia amplio que preserve el vínculo afectivo sin menoscabar la estabilidad del menor.
Modificación de Medidas de Custodia
Si las circunstancias laborales, personales o la edad de los hijos han cambiado de manera sustancial, es necesario solicitar la modificación de medidas para adaptar la sentencia judicial a la nueva realidad.
Iniciamos la gestión del caso para transformar una custodia exclusiva en compartida o reajustar visitas e impagos.
Régimen de guarda en divorcios contenciosos: evita que el tribunal decida sin una prueba sólida
Cuando el mutuo acuerdo entre las partes resulta imposible, el proceso se encauza de manera contenciosa. En esta vía, será el juez o el tribunal, tras el informe del equipo técnico psicosocial, quien determine el tipo de custodia y las medidas de patria potestad.
En un juicio de derecho de familia, acudir sin una preparación probatoria exhaustiva es un riesgo crítico. La parte contraria puede intentar denegar la custodia compartida alegando falta de comunicación, mala relación entre los progenitores o incompatibilidad de horarios. Como bufete especializado, preparamos las pruebas documentales y periciales necesarias para demostrar tu idoneidad parental y frenar pretensiones desmedidas sobre la vivienda familiar o las pensiones.
Conoce al abogado que llevará tu caso

Daniel Álvaro – Abogado ICAM colegiado nº 82594.
Más de 20 años ejerciendo. Ha sido Director Jurídico en despachos de ámbito nacional y asesor legal de entidades y multinacionales. Hoy dirige personalmente cada caso de familia del despacho.
Qué puedes esperar al trabajar con el despacho:
- Trato directo durante todo el procedimiento
- Presupuesto cerrado desde el primer día
- Estrategia adaptada a cada familia
- Acompañamiento cercano durante todo el proceso

Cómo llevamos tu caso: paso a paso hacia la resolución que buscas
1ª Consulta de viabilidad (gratuita)
Analizamos tu situación familiar, valoramos tus opciones reales y te entregamos un presupuesto cerrado por escrito. Hablas directamente con Daniel.
Estrategia legal a medida
Definimos la vía (mutuo acuerdo o contenciosa) y el objetivo, ya sea la custodia compartida o una guarda en exclusiva.
Fase de tramitación y prueba
Redactamos convenio o demanda y reunimos los informes y documentos que sostienen tu solicitud ante el juzgado.
Negociación o juicio
Buscamos el mejor acuerdo posible; si no lo hay, defendemos tu caso con firmeza ante el tribunal.
Resolución firme y seguimiento
Obtenida la sentencia, vigilamos su cumplimiento y quedamos disponibles para cualquier modificación futura.
Lo que dicen quienes ya han pasado por aquí
No lo decimos nosotros, lo dicen quienes ya han pasado por esto. Reseñas reales de clientes en Google.
EXCELENTE
A base de 95 reseñas
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Manuel Álvarez19/06/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Estupendo servicio. Daniel es diligente y atento. Todo perfecto.Publicado en Google![]()
Luis Mochón12/06/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Finalmente no he contratado sus servicios porque después que Daniel me ha informado, no se daban las circunstancias apropiadas para presentar la demanda que yo pretendía. Pero en el proceso de consulta me han atendido genial, diligentemente y todo muy clarito.Publicado en Google![]()
Francisco Javier29/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Hoy 29/05/2026 me han asesorado por WhatsApp gratuitamente por un tema de divorcio y estoy muy satisfecho.Publicado en Google![]()
Jorge Rallo07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buen trabajo. En todo momento te resuelven cualquier duda. Son muy atentos. Muy satisfecho con sus servicios. Tarifas muy razonables Gracias por todo.Publicado en Google![]()
Daniel Ramos07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente tratoPublicado en Google![]()
TheTXARLY27/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Daniel se ha implicado en nuestra causa desde el primer momento, fue una gran recomendación de un amigo y le estoy muy agradecido. Hoy mismo hemos recibido nuestra sentencia favorable, muy contentos con su dedicación, seriedad y trabajo. Recomendado 100%.Publicado en Google![]()
Anca Fozocosi26/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buena experiencia, resultado positivo y trato muy profesional!Publicado en Google![]()
Mariia Casas Bernal01/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Quiero expresar mi más sincero agradecimiento y recomendación hacia Daniel por el excelente trabajo realizado. Desde el primer momento demostró una gran profesionalidad, conocimiento y compromiso con mi caso. Su atención fue impecable: siempre disponible para resolver mis dudas, explicando cada paso del proceso con claridad y transmitiéndome mucha tranquilidad en todo momento. Me sentí escuchada, acompañada y bien asesorada durante todo el procedimiento. Gracias a su dedicación y esfuerzo, el resultado fue muy satisfactorio. He quedado realmente contenta y agradecida por su trato cercano, su honestidad y su eficacia. Sin duda, lo recomiendo a cualquier persona que busque un abogado serio, responsable y totalmente implicado en defender los intereses de sus clientes.Publicado en Google![]()
Jose Luis Sainz González13/02/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Daniel nos atendió muy bien desde el primer momento hasta la sentencia judicial. Con amabilidad, rapidez y eficacia. Recomendable 100%Publicado en Google![]()
M.C G22/01/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy agradecida a Daniel Álvaro por su gran profesionalidad, buen asesoramiento, cercanía y eficiencia. Me ayudó con éxito en una reclamación por responsabilidad patrimonial. Muy recomendable.
Nuestro compromiso: 4 garantías para tu tranquilidad
- Trato 100% directo y personal: tu caso lo dirige Daniel Álvaro (Ex-Director Jurídico en Durán & Durán).
- Presupuesto cerrado por escrito en la primera consulta: sin letra pequeña ni gastos ocultos.
- 20 años de especialización exclusiva: dos décadas dedicadas al Derecho de Familia en Madrid (95% de éxito).
- Máximas facilidades: despacho en Av. General Perón 32 (Cuatro Caminos) o por Videoconsulta.

Preguntas frecuentes
¿Cómo se consigue la custodia compartida?
La custodia compartida se concede cuando favorece el interés superior del menor. Hay que acreditar la implicación de ambos progenitores y presentar un plan de parentalidad realista. Preparamos la prueba y la estrategia para que el juzgado valore que es la mejor opción para tus hijos menores.
¿Puedo cambiar la guarda o el régimen de visitas ya fijados?
Sí. La guarda o el régimen de visitas establecidos se pueden modificar si varían las condiciones laborales, económicas o personales. En estos casos, conforme al Código Civil, corresponde solicitar una modificación de medidas judiciales para revisar el régimen de visitas o la custodia. Evaluamos a fondo tu situación para comprobar si se cumplen los requisitos exigidos antes de dar el paso.
¿Qué diferencia hay entre patria potestad y guarda y custodia?
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes sobre el menor (decisiones importantes: educación, salud, cambios de residencia) y, por regla general, se mantiene compartida entre ambos progenitores aunque haya divorcio. La guarda y custodia es el cuidado diario y la convivencia con el hijo, y puede ser compartida o exclusiva. Es decir: puedes no tener la custodia y seguir ostentando la patria potestad, con voz en las decisiones relevantes de tus hijos.
¿Qué puedo hacer si el otro progenitor incumple el régimen de visitas?
El régimen de visitas fijado en sentencia es de obligado cumplimiento para ambas partes. Ante incumplimientos reiterados puedes solicitar su ejecución judicial y, si la situación se cronifica, una modificación de medidas; los incumplimientos graves pueden acarrear consecuencias legales. Conviene documentar cada incidencia (mensajes, testigos) desde el primer momento. Analizamos tu caso y activamos la vía más eficaz para restablecer el cumplimiento.
¿En qué casos se puede negar o restringir el régimen de visitas?
El derecho de visitas solo se limita o suspende cuando existe un riesgo real para el interés superior del menor: violencia, maltrato, consumo problemático, desatención grave o incumplimientos que perjudiquen al hijo. No basta con la mala relación entre progenitores ni con desacuerdos puntuales: hay que acreditarlo con prueba sólida ante el juzgado. Valoramos si tu situación justifica una restricción o cómo defenderte frente a una petición infundada.
¿A partir de qué edad se tiene en cuenta la opinión del menor?
No existe una edad automática que decida la custodia. El juez puede explorar al menor (habitualmente a partir de los 12 años, o antes si tiene madurez suficiente) para conocer su opinión, pero esta es un factor más dentro del interés superior del menor, no una decisión vinculante. La resolución pondera convivencia, arraigo, disponibilidad de cada progenitor y estabilidad. Preparamos tu caso para que ese conjunto de factores juegue a favor de tus hijos.
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