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Abogado de delitos contra las personas en Madrid
Si estás investigado, detenido o acusado por un delito contra las personas o si eres la víctima y quieres personarte, cada decisión desde el primer minuto cuenta. Somos un equipo de abogados penalistas en Madrid y asumimos la defensa en homicidio, asesinato, lesiones, amenazas y coacciones, tanto defendiendo al acusado como ejerciendo la acusación particular de la víctima.
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Abogados especialistas en delitos contra las personas
Los delitos contra las personas son los que atentan contra los bienes jurídicos más protegidos por el Código Penal: la vida y la integridad física y psíquica. Se regulan sobre todo en el Título I (homicidio y sus formas) y el Título III (lesiones), y a ellos se suman las amenazas y las coacciones, que atacan la libertad y la seguridad de la persona. Son procedimientos graves, con penas de prisión elevadas, en los que la calificación jurídica de los hechos el dolo o la imprudencia, la legítima defensa, las circunstancias modificativas de la responsabilidad marca la diferencia entre una condena severa y una absolución o una pena muy inferior.
Nuestro equipo de abogados expertos en derecho penal defiende a sus clientes en Madrid y en toda España, con un asesoramiento cercano, comunicación clara y plena protección de sus intereses. La defensa parte siempre de la presunción de inocencia y se prepara desde la fase de instrucción, cuando se practican las diligencias y las pericias que después pesarán en el juicio oral.
Arts. 138 y 139 CP
Homicidio y asesinato
El homicidio (artículo 138 del Código Penal) castiga a quien mata a otra persona. El asesinato (artículo 139) agrava la pena cuando concurre alevosía, precio o recompensa, ensañamiento o el propósito de facilitar otro delito. La frontera entre uno y otro, y entre el dolo y la imprudencia, es técnica y decisiva: una defensa rigurosa analiza la prueba, el informe de autopsia y las periciales para discutir la calificación, la autoría y las circunstancias concurrentes, incluida la tentativa cuando la muerte no se produce.
Arts. 147 y ss. CP
Lesiones
El delito de lesiones (artículos 147 y siguientes) abarca desde la agresión que requiere tratamiento médico o quirúrgico hasta las lesiones agravadas por el uso de armas, la pérdida de un órgano o miembro, o las causadas en el ámbito de la violencia doméstica. Estudiamos el parte de lesiones, el mecanismo de producción y la proporcionalidad de la respuesta para valorar la legítima defensa, el estado de necesidad o la atenuación de la pena.
Contra la libertad
Amenazas y coacciones
Las amenazas (anunciar un mal a otra persona) y las coacciones (impedirle hacer algo lícito o forzarle a lo que no quiere) acompañan con frecuencia a los conflictos que acaban en agresiones. Analizamos el contexto, los testigos y las pruebas digitales (mensajes, grabaciones) para construir la defensa o, cuando eres la víctima, para acreditar los hechos ante el juzgado.
Art. 195 CP
Omisión del deber de socorro
Quien no socorre a una persona desamparada y en peligro manifiesto, pudiendo hacerlo sin riesgo propio, puede incurrir en el delito de omisión del deber de socorro (artículo 195). Aparece a menudo ligado a accidentes y atropellos, y exige un análisis cuidadoso de las circunstancias.
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Cómo te defendemos: el proceso penal paso a paso
Asistencia al detenido
Desde la detención te asistimos en comisaría y ante el juzgado de guardia. La declaración del investigado condiciona todo el procedimiento, por lo que conviene no declarar sin abogado y con la estrategia definida.
Fase de instrucción
El juez investiga los hechos y practica las diligencias. Es el momento de proponer pericial propia, impugnar la de la acusación, pedir diligencias de descargo y preparar el escrito de defensa.
Juicio oral
Se practican las pruebas, se interroga a testigos y peritos y se exponen las conclusiones. La preparación del interrogatorio y de los informes es donde se gana o se pierde el juicio.
Recursos
Frente a la sentencia caben recurso de apelación y, en su caso, recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en defensa de tus derechos fundamentales.
Defensa del acusado y acusación particular de la víctima
Defendemos al investigado o acusado en todas las fases del procedimiento penal, con una estrategia orientada al mejor resultado posible.
Ejercemos la acusación particular, mediante denuncia o querella, para que se investiguen los hechos, se califiquen correctamente y se reclame la responsabilidad civil: la indemnización por las lesiones, las secuelas o el fallecimiento.
Lo que dicen nuestros clientes
Por qué nuestro despacho de abogados penalistas en Madrid
En un procedimiento por delitos contra las personas te juegas la libertad. Conviene un especialista con experiencia real en los juzgados de lo penal y las audiencias provinciales de Madrid, que conozca la jurisprudencia y la práctica de cada sede. Nuestra especialización en derecho penal, el conocimiento de la materia, la dedicación a cada caso y la representación en cada trámite e instancia son la base de nuestra forma de trabajar: valoramos desde el principio la viabilidad de la defensa y te mantenemos informado en todo momento.
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Otras áreas de derecho penal
Los delitos contra las personas son una de las áreas de nuestro despacho. Como abogado penalista en Madrid también asumimos la defensa en delitos de seguridad vial (alcoholemia, conducción temeraria), tráfico de drogas, delitos contra la libertad sexual, violencia de género y doméstica, y delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico (hurto, robo, estafa, apropiación indebida, fraude, falsedad documental, malversación y blanqueo de capitales). Consulta el servicio completo de derecho penal.

Daniel Álvaro, tu abogado penalista en Madrid
Soy Daniel Álvaro, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, con más de veinte años de ejercicio. He desarrollado mi carrera como letrado y Director Jurídico en las áreas civil y mercantil en firmas nacionales e internacionales, una base técnica y estratégica que aplico a la defensa penal. Llevo personalmente cada expediente, con trato directo y confidencialidad absoluta.
¿Qué hago si me detienen o me citan a declarar?
Lo primero es no declarar sin abogado. Tienes derecho a guardar silencio y a designar letrado de tu confianza. Contáctanos cuanto antes: la asistencia desde la detención o antes de la primera declaración condiciona todo el procedimiento.
¿Cuál es la diferencia entre homicidio y asesinato?
El asesinato es un homicidio en el que concurre alevosía, precio o recompensa, ensañamiento o el propósito de facilitar otro delito. Esas circunstancias elevan mucho la pena, por lo que discutir si concurren o no es una parte central de la defensa.
¿Puedo personarme como víctima en el procedimiento?
Sí. Como perjudicado puedes ejercer la acusación particular para intervenir en la investigación, proponer prueba y reclamar la indemnización que corresponda por los daños y las secuelas.
¿En qué zonas actuáis?
Trabajamos ante los juzgados y tribunales de Madrid y de toda España, con despacho en Madrid y atención presencial o por videoconsulta.