Abogado Pensión de Alimentos en Madrid
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Lo que dicen quienes ya han fijado su pensión con nosotros
EXCELENTE A base de 92 reseñas Publicado en Jorge Rallo07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buen trabajo. En todo momento te resuelven cualquier duda. Son muy atentos. Muy satisfecho con sus servicios. Tarifas muy razonables Gracias por todo.Publicado en Daniel Ramos07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelente tratoPublicado en TheTXARLY27/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Daniel se ha implicado en nuestra causa desde el primer momento, fue una gran recomendación de un amigo y le estoy muy agradecido. Hoy mismo hemos recibido nuestra sentencia favorable, muy contentos con su dedicación, seriedad y trabajo. Recomendado 100%.Publicado en Anca Fozocosi26/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena experiencia, resultado positivo y trato muy profesional!Publicado en Mariia Casas Bernal01/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quiero expresar mi más sincero agradecimiento y recomendación hacia Daniel por el excelente trabajo realizado. Desde el primer momento demostró una gran profesionalidad, conocimiento y compromiso con mi caso. Su atención fue impecable: siempre disponible para resolver mis dudas, explicando cada paso del proceso con claridad y transmitiéndome mucha tranquilidad en todo momento. Me sentí escuchada, acompañada y bien asesorada durante todo el procedimiento. Gracias a su dedicación y esfuerzo, el resultado fue muy satisfactorio. He quedado realmente contenta y agradecida por su trato cercano, su honestidad y su eficacia. Sin duda, lo recomiendo a cualquier persona que busque un abogado serio, responsable y totalmente implicado en defender los intereses de sus clientes.Publicado en Jose Luis Sainz González13/02/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Daniel nos atendió muy bien desde el primer momento hasta la sentencia judicial. Con amabilidad, rapidez y eficacia. Recomendable 100%Publicado en M.C G22/01/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy agradecida a Daniel Álvaro por su gran profesionalidad, buen asesoramiento, cercanía y eficiencia. Me ayudó con éxito en una reclamación por responsabilidad patrimonial. Muy recomendable.Publicado en Raquel Ruiz23/12/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Agradecida total por la rapida contestacion a mi me duda ; me atendio Daniel y me ayudo bastante ; estoy super agradecida ; sin duda alguien en quien confiar y sentirse segura ante problemas Muchas gracias.Publicado en Antonio López05/12/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Le derivamos a Daniel un asunto de un cliente de nuestro despacho en el que no teníamos área de práctica. El resultado fue plenamente satisfactorio y el cliente quedó encantado.Publicado en Guillermo Gutiérrez27/11/2025Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Contacté con ellos para hacer una consulta y me atendió personalmente Daniel. Tanto su amabilidad como su profesionalidad fueron de 10. Yo me guío mucho por las reseñas de otras personas y es de recibo que deje ahora yo la mía felicitándoles por su atención. Recomendados!
Áreas donde te ayudamos con tu pensión
Fijar pensión
Por primera vez
- Cálculo profesional según tablas CGPJ
- Negociación con el otro progenitor
- Inclusión en convenio o demanda
- Para divorcio o separación nueva
Modificar pensión
Cambio de circunstancias
- Cambio sustancial de circunstancias
- Modificación al alza o a la baja
- Procedimiento judicial completo
- Cuando cambian ingresos o situación
Reclamar pensión
Cobrar lo que te deben
- Reclamación de pensiones impagadas
- Cálculo de intereses legales
- Vía civil y vía penal
- Hasta 5 años atrás reclamables
- Embargo de sueldo y bienes
Defensa frente a reclamación
Cuando te piden de más
- Defensa frente a reclamación injusta
- Reducción de pensión desproporcionada
- Demostrar ocultación de ingresos
20 años calculando pensiones justas
Cómo trabajamos tu pensión de alimentos
1ª consulta gratuita
Análisis de tu situación. Calculamos tu pensión orientativa con datos reales de tu caso.
Estrategia
Te explicamos qué pensión es razonable y qué estrategia conviene en tu caso concreto.
Negociación o demanda
Negociamos con el otro progenitor o presentamos demanda según corresponda.
Vista o acuerdo
Acuerdo extrajudicial firmado o vista oral en el juzgado.
Resolución
Sentencia o ratificación judicial que fija la pensión definitiva.
Por qué los madrileños eligen a Daniel Álvaro para sus pensiones
- 20 años especializados solo en derecho de familia
- Ex-Director Jurídico en Durán & Durán
- Atención directa con Daniel, no equipo rotativo
- Sede en Av. General Perón 32, Madrid (zona Cuatro Caminos)
- Videoconsulta disponible si no puedes desplazarte
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Preguntas frecuentes sobre pensión de alimentos
No existe edad límite fija. La pensión se paga mientras el hijo no tenga independencia económica real, lo que suele coincidir con terminar los estudios y conseguir empleo estable. No se extingue automáticamente al cumplir 18 años. Si el hijo sigue estudiando o no trabaja por causas que no le sean imputables, la pensión continúa. Si el hijo abandona los estudios sin justificación o rechaza ofertas de empleo razonables, sí se puede pedir extinción.
Tienes base para pedir modificación judicial de la pensión, pero ojo: no puedes dejar de pagar unilateralmente. Hay que presentar demanda de modificación de medidas y acreditar el cambio sustancial de circunstancias. Mientras el juez no resuelva, sigue siendo obligatorio pagar la cantidad fijada en sentencia. Lo correcto es actuar deprisa: pedir modificación en cuanto cambia tu situación, no acumular impagos.
La pensión ordinaria cubre los gastos básicos del menor: alimentación, ropa, vivienda, escuela pública o concertada y atención médica básica. Los gastos extraordinarios (colegio privado, clases particulares, actividades extraescolares, sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social) se pagan habitualmente al 50% entre ambos progenitores, salvo que el convenio diga otra cosa. Es importante que el convenio o sentencia los regule expresamente para evitar conflictos.
Es uno de los frentes más comunes. Tenemos herramientas legales para investigar movimientos bancarios, sociedades vinculadas, transferencias sospechosas y patrimonio no declarado. Si se demuestra ocultación, el juez aplica criterios correctores que benefician al progenitor perjudicado: puede fijar pensión basada en signos externos de capacidad económica (vivienda, vehículos, viajes), no solo en lo declarado.
El plazo de prescripción es de 5 años. Es decir, puedes reclamar las mensualidades impagadas de los últimos 5 años. Cada mes que pasa sin reclamar, prescribe la pensión más antigua de ese periodo. Por eso es importante no esperar: cuanto antes se inicie la reclamación, más se cobra. La reclamación puede ser por vía civil (ejecución de sentencia) o vía penal (delito de abandono de familia si hay 2 mensualidades consecutivas o 4 alternas impagadas).
Hay dos vías. La civil: ejecución de sentencia, con embargo de sueldo, cuentas bancarias y bienes del obligado. La penal: denuncia por delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal), que requiere 2 mensualidades consecutivas o 4 alternas impagadas. Ambas vías son compatibles. La penal tiene mayor efecto disuasorio porque puede acabar en pena de prisión, pero la civil es la que recupera dinero.
Sí, siempre que se acredite un cambio sustancial de circunstancias respecto al momento de fijar la pensión. Ejemplos típicos: pérdida de empleo, reducción significativa de ingresos, aumento sustancial de los ingresos del obligado, nuevas cargas familiares, mayoría de edad de uno de los hijos, cambio del régimen de custodia. Hay que presentar demanda de modificación de medidas. El juez evalúa caso por caso.
Sí. Los hijos tienen el mismo derecho de alimentos independientemente de si los padres estuvieron casados o no. Lo que cambia es solo el procedimiento: en parejas de hecho con hijos, se inician medidas paternofiliales en el juzgado de familia, no un divorcio. El resto (cálculo, régimen, modificación, reclamación) funciona exactamente igual.
La pensión continúa. Lo que se extingue al cumplir 18 años es la patria potestad, pero la obligación de alimentos sigue mientras el hijo no tenga independencia económica y siga formándose. La jurisprudencia exige que los estudios sean serios y con aprovechamiento razonable: no vale apuntarse a cursos eternos sin aprobar. Si el hijo abandona o cambia constantemente sin progresar, hay base para pedir extinción.
El Consejo General del Poder Judicial publica tablas orientativas que los jueces usan como referencia, pero no son vinculantes. El cálculo final depende de muchos factores: ingresos de ambos progenitores, número y edad de los hijos, régimen de custodia, gastos especiales del menor, capacidad económica real (no solo declarada). Por eso una calculadora online da una orientación, pero un buen abogado puede ajustar la pensión al alza o a la baja según las particularidades de tu caso.
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