Abogado de pensión de alimentos en Madrid
Una pensión bien fijada hoy protegerá tu estabilidad económica y el futuro de tu familia.
Con un 95% de éxito, evitamos errores costosos. Fijamos, modificamos o defendemos tu pensión siguiendo estrictamente los criterios judiciales, sin riesgos.
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Protege tus derechos económicos desde el primer momento: evita cálculos injustos
Un error en la pensión alimenticia o una mala redacción sobre los gastos extraordinarios puede lastrar tu economía durante años. En derecho de familia necesitas una estrategia sólida para no pagar de más ni recibir menos de lo justo. Para proteger el bienestar de los hijos bajo la patria potestad, contar con un buen abogado es esencial: analizamos tus ingresos y tu custodia para blindar tu patrimonio frente a reclamaciones abusivas.
Áreas donde te ayudamos con tu pensión
Fijar pensión
Por primera vez
- Cálculo profesional según tablas CGPJ
- Negociación con el otro progenitor
- Inclusión en convenio o demanda
- Para divorcio o separación nueva
Modificar pensión
Cambio de circunstancias
- Cambio sustancial de circunstancias
- Modificación al alza o a la baja
- Procedimiento judicial completo
- Cuando cambian ingresos o situación
Reclamar pensión
Cobrar lo que te deben
- Reclamación de pensiones impagadas
- Cálculo de intereses legales
- Vía civil y vía penal
- Hasta 5 años atrás reclamables
- Embargo de sueldo y bienes
Defensa frente a reclamación
Cuando te piden de más
- Defensa frente a reclamación injusta
- Reducción de pensión desproporcionada
- Demostrar ocultación de ingresos
Abogado de pensión alimenticia en Madrid: qué cubre y cómo se calcula
La pensión alimenticia no cubre solo la comida. El Código Civil entiende por alimentos todo lo indispensable para el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica y la educación de los hijos (art. 142). La cuantía tiene que ser proporcional a los medios de quien paga y a las necesidades de quien recibe (art. 146), y el juez fija lo que aporta cada progenitor y cómo se adapta a sus circunstancias (art. 93).
Para concretar la cantidad, los juzgados de familia usan como referencia las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial, que no son vinculantes. Para una primera estimación tienes nuestra calculadora de pensión de alimentos; en consulta la ajustamos con los ingresos reales, el régimen de custodia y los gastos de tus hijos.
La pensión en divorcios por la vía contenciosa: blinda tu economía si decide el juez
Cuando el acuerdo con tu cónyuge es inviable, el procedimiento entra por la vía contenciosa. En este escenario pierdes el control sobre la decisión final: será el juez quien determine las medidas y la cuantía definitiva de la pensión.
Acudir a juicio con cálculos aproximados es un riesgo inasumible. Es frecuente que la otra parte intente inflar las necesidades del menor u ocultar sus ingresos reales para alterar la cantidad a su favor. Como abogados especializados en derecho de familia, desmontamos esas reclamaciones abusivas con pruebas financieras sólidas y aplicando estrictamente las tablas judiciales, para que una mala sentencia no imponga una carga económica desproporcionada que condicione tu futuro.
Pensión alimenticia y custodia compartida
Con custodia compartida también puede haber pensión alimenticia. Cada progenitor atiende los gastos de los hijos mientras están con él, pero si los ingresos son muy distintos el juez puede fijar una pensión a cargo del que más gana, o una cuenta común para los gastos fijos como colegio, comedor o seguro médico. Conviene dejarlo bien redactado en el convenio regulador para evitar discusiones después. Si la custodia todavía no está decidida, mira abogado de custodia compartida en Madrid.
Pensión alimenticia y pensión compensatoria: no son lo mismo
| Pensión alimenticia | Pensión compensatoria | |
|---|---|---|
| Para quién | Los hijos | El excónyuge |
| Para qué | Cubrir sus necesidades (art. 142 CC) | Compensar el desequilibrio económico que causa la ruptura (art. 97 CC) |
| Cuánto dura | Mientras los hijos dependan económicamente | Temporal, indefinida o en un pago único, según convenio o sentencia |
| Cuándo se modifica | Si cambian sustancialmente las circunstancias | Por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge (art. 100 CC) |
¿Te han dejado de pagar? El impago de la pensión alimenticia puede ser un delito de abandono de familia, y además se reclama por la vía civil con la ejecución de la sentencia. Lo explicamos en abogado por impago de pensión alimenticia en Madrid. Sobre la compensatoria, lee nuestra guía de la pensión compensatoria.
Conoce al abogado que llevará tu caso

Daniel Álvaro – Abogado ICAM colegiado nº 82594.
Más de 20 años ejerciendo. Ha sido Director Jurídico en despachos de ámbito nacional y asesor legal de entidades y multinacionales. Hoy dirige personalmente cada caso de familia del despacho.
Qué puedes esperar al trabajar con el despacho:
- Trato directo durante todo el procedimiento
- Presupuesto cerrado desde el primer día
- Estrategia adaptada a cada familia
- Acompañamiento cercano durante todo el proceso

Abogados de familia para tu pensión, de principio a fin
Elegir abogado para la pensión alimenticia es elegir a quien va a defender tu economía durante años. Comprueba que sea especialista en derecho de familia, que esté colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y que tenga experiencia en los juzgados de familia de Madrid. Daniel Álvaro (ICAM 82594) lleva personalmente cada caso desde nuestra sede de Av. General Perón 32, y el presupuesto se entrega cerrado y por escrito antes de empezar.
La pensión rara vez va sola: se decide junto con la custodia, la vivienda y, a veces, el reparto de bienes. Por eso la trabajamos con el resto de medidas y con la documentación económica de los dos progenitores. Si es viable, intentamos primero un acuerdo, y todo lo que nos cuentes se trata con confidencialidad y bajo secreto profesional.
Cómo trabajamos tu pensión de alimentos
1ª Consulta gratuita de viabilidad económica
Analizamos tus ingresos, los de la otra parte y la situación de los menores para ver la viabilidad real de tu caso.
Estrategia legal financiera
Trazamos la hoja de ruta procesal según baremos judiciales estrictos, para no dejar nada al azar.
Fase de tramitación y prueba
Recopilamos toda la documentación patrimonial necesaria para blindar tu postura ante el juez.
Negociación o Juicio
Buscamos siempre un acuerdo ventajoso; si la otra parte es irracional, acudimos a juicio con todas las garantías.
Resolución firme
Obtenemos tu sentencia y vigilamos su estricto cumplimiento legal.
Lo que dicen quienes ya han pasado por aquí
EXCELENTE
A base de 95 reseñas
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Manuel Álvarez19/06/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Estupendo servicio. Daniel es diligente y atento. Todo perfecto.Publicado en Google![]()
Luis Mochón12/06/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Finalmente no he contratado sus servicios porque después que Daniel me ha informado, no se daban las circunstancias apropiadas para presentar la demanda que yo pretendía. Pero en el proceso de consulta me han atendido genial, diligentemente y todo muy clarito.Publicado en Google![]()
Francisco Javier29/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Hoy 29/05/2026 me han asesorado por WhatsApp gratuitamente por un tema de divorcio y estoy muy satisfecho.Publicado en Google![]()
Jorge Rallo07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buen trabajo. En todo momento te resuelven cualquier duda. Son muy atentos. Muy satisfecho con sus servicios. Tarifas muy razonables Gracias por todo.Publicado en Google![]()
Daniel Ramos07/05/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente tratoPublicado en Google![]()
TheTXARLY27/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Daniel se ha implicado en nuestra causa desde el primer momento, fue una gran recomendación de un amigo y le estoy muy agradecido. Hoy mismo hemos recibido nuestra sentencia favorable, muy contentos con su dedicación, seriedad y trabajo. Recomendado 100%.Publicado en Google![]()
Anca Fozocosi26/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buena experiencia, resultado positivo y trato muy profesional!Publicado en Google![]()
Mariia Casas Bernal01/03/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Quiero expresar mi más sincero agradecimiento y recomendación hacia Daniel por el excelente trabajo realizado. Desde el primer momento demostró una gran profesionalidad, conocimiento y compromiso con mi caso. Su atención fue impecable: siempre disponible para resolver mis dudas, explicando cada paso del proceso con claridad y transmitiéndome mucha tranquilidad en todo momento. Me sentí escuchada, acompañada y bien asesorada durante todo el procedimiento. Gracias a su dedicación y esfuerzo, el resultado fue muy satisfactorio. He quedado realmente contenta y agradecida por su trato cercano, su honestidad y su eficacia. Sin duda, lo recomiendo a cualquier persona que busque un abogado serio, responsable y totalmente implicado en defender los intereses de sus clientes.Publicado en Google![]()
Jose Luis Sainz González13/02/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Daniel nos atendió muy bien desde el primer momento hasta la sentencia judicial. Con amabilidad, rapidez y eficacia. Recomendable 100%Publicado en Google![]()
M.C G22/01/2026Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy agradecida a Daniel Álvaro por su gran profesionalidad, buen asesoramiento, cercanía y eficiencia. Me ayudó con éxito en una reclamación por responsabilidad patrimonial. Muy recomendable.
Nuestro compromiso: 4 garantías para tu tranquilidad
- Trato 100% directo y personal: tu caso lo dirige Daniel Álvaro (Ex-Director Jurídico en Durán & Durán).
- Presupuesto cerrado por escrito en la primera consulta: sin letra pequeña ni gastos ocultos.
- 20 años de especialización exclusiva: dos décadas dedicadas al Derecho de Familia en Madrid (95% de éxito).
- Máximas facilidades: despacho en Av. General Perón 32 (Cuatro Caminos) o por Videoconsulta.

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Preguntas frecuentes sobre pensión de alimentos
No existe edad límite fija. La pensión se paga mientras el hijo no tenga independencia económica real, lo que suele coincidir con terminar los estudios y conseguir empleo estable. No se extingue automáticamente al cumplir 18 años. Si el hijo sigue estudiando o no trabaja por causas que no le sean imputables, la pensión continúa. Si el hijo abandona los estudios sin justificación o rechaza ofertas de empleo razonables, sí se puede pedir extinción.
Tienes base para pedir modificación judicial de la pensión, pero ojo: no puedes dejar de pagar unilateralmente. Hay que presentar demanda de modificación de medidas y acreditar el cambio sustancial de circunstancias. Mientras el juez no resuelva, sigue siendo obligatorio pagar la cantidad fijada en sentencia. Lo correcto es actuar deprisa: pedir modificación en cuanto cambia tu situación, no acumular impagos.
La pensión ordinaria cubre los gastos básicos del menor: alimentación, ropa, vivienda, escuela pública o concertada y atención médica básica. Los gastos extraordinarios (colegio privado, clases particulares, actividades extraescolares, sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social) se pagan habitualmente al 50% entre ambos progenitores, salvo que el convenio diga otra cosa. Es importante que el convenio o sentencia los regule expresamente para evitar conflictos.
Es uno de los frentes más comunes. Tenemos herramientas legales para investigar movimientos bancarios, sociedades vinculadas, transferencias sospechosas y patrimonio no declarado. Si se demuestra ocultación, el juez aplica criterios correctores que benefician al progenitor perjudicado: puede fijar pensión basada en signos externos de capacidad económica (vivienda, vehículos, viajes), no solo en lo declarado.
El plazo de prescripción es de 5 años. Es decir, puedes reclamar las mensualidades impagadas de los últimos 5 años. Cada mes que pasa sin reclamar, prescribe la pensión más antigua de ese periodo. Por eso es importante no esperar: cuanto antes se inicie la reclamación, más se cobra. La reclamación puede ser por vía civil (ejecución de sentencia) o vía penal (delito de abandono de familia si hay 2 mensualidades consecutivas o 4 alternas impagadas).
Hay dos vías. La civil: ejecución de sentencia, con embargo de sueldo, cuentas bancarias y bienes del obligado. La penal: denuncia por delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal), que requiere 2 mensualidades consecutivas o 4 alternas impagadas. Ambas vías son compatibles. La penal tiene mayor efecto disuasorio porque puede acabar en pena de prisión, pero la civil es la que recupera dinero.
Sí, siempre que se acredite un cambio sustancial de circunstancias respecto al momento de fijar la pensión. Ejemplos típicos: pérdida de empleo, reducción significativa de ingresos, aumento sustancial de los ingresos del obligado, nuevas cargas familiares, mayoría de edad de uno de los hijos, cambio del régimen de custodia. Hay que presentar demanda de modificación de medidas. El juez evalúa caso por caso.
Sí. Los hijos tienen el mismo derecho de alimentos independientemente de si los padres estuvieron casados o no. Lo que cambia es solo el procedimiento: en parejas de hecho con hijos, se inician medidas paternofiliales en el juzgado de familia, no un divorcio. El resto (cálculo, régimen, modificación, reclamación) funciona exactamente igual.
La pensión continúa. Lo que se extingue al cumplir 18 años es la patria potestad, pero la obligación de alimentos sigue mientras el hijo no tenga independencia económica y siga formándose. La jurisprudencia exige que los estudios sean serios y con aprovechamiento razonable: no vale apuntarse a cursos eternos sin aprobar. Si el hijo abandona o cambia constantemente sin progresar, hay base para pedir extinción.
El Consejo General del Poder Judicial publica tablas orientativas que los jueces usan como referencia, pero no son vinculantes. El cálculo final depende de muchos factores: ingresos de ambos progenitores, número y edad de los hijos, régimen de custodia, gastos especiales del menor, capacidad económica real (no solo declarada). Por eso una calculadora online da una orientación, pero un buen abogado puede ajustar la pensión al alza o a la baja según las particularidades de tu caso.
Los certificados de nacimiento de los hijos, tus nóminas y las del otro progenitor si las tienes, las últimas declaraciones de la renta y los justificantes de los gastos de los hijos: colegio, comedor, médico, actividades. Si ya hay sentencia o convenio, también ese documento. Con eso calculamos una cifra razonable antes de negociar o de ir a juicio.
Sí, si el convenio o la sentencia lo prevén, y deben hacerlo: la ley exige fijar las bases de actualización de los alimentos (art. 90 CC). Lo habitual es actualizarla cada año según el IPC. Si nadie la actualiza, quien la recibe puede reclamar las diferencias de los últimos cinco años.
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